12. COMENTARIO A PIÉ DE PÁGINA.
lunes, 21 de noviembre de 2011
domingo, 20 de noviembre de 2011
TRABAJO CONSTITUCIÓN 1837
Art. 2: Todos los españoles
pueden imprimir y publicar libremente sus ideas sin
previa censura, con sujeción a las leyes. [;..)
Art. 4: Unos mismos códigos regirán en toda /a Monarquía, y en ellos no se establecerá más
que un sólo fuero para todos los
españoles[".).
Art. 5: Todos los españoles son admisibles empleos y cargos
públicos según su mérito y capacidad.
Art. 6: Todo español está obligado a defender
la Patria con
las armas cuando sea llamado por la ley, y a contribuir en proporción de
sus haberes para los gastos del Estado.
Art. 7: No puede
ser detenido, ni preso, ni separado de su domicilio ningún español, ni allanada
su casa, sino en los casos y en la forma que las leyes prescriban.
Art. 9: Ningún español podrá ser procesado ni sentenciado sino por el
Juez o Tribunal competente [...].
Art. 10: No se impondrá jamás la pena de confiscación de bienes, y ningún español será privado de su propiedad sino por causa
justificada de utilidad común, previa la correspondiente indemnización.
Art. 11: La Nación se obliga a mantener el
culto y los ministros de la Religión Católica que profesan los españoles.
Art. 12: La potestad de hacer las leyes reside en las Cortes con el Rey.
Art. 13: Las Cortes se componen de dos cuerpos
colegisladores, iguales en facultades: el Senado y el Congreso de los
Diputados.
Art. 15: Los senadores son nombrados por el
Rey a propuesta, en lista triple, de los electores que en cada provincia
nombran los diputados a Cortes.
Art. 17: Para ser Senador se requiere ser
español, mayor de cuarenta años y tener
los medios de subsistencia y las demás circunstancias que determine la
ley electoral.
Art. 23: Para ser Diputado se requiere' ser español, del estado seglar, haber
cumplido veinticinco años y tener las demás circunstancias
que exija la ley electoral.
Art. 39: Si uno de los Cuerpos colegisladores
desechase algún proyecto de ley, o le negare el Rey la sanción, no podrá
volverse a proponer un proyecto de ley sobre el mismo objeto en aquella
legislatura.
Art. 44: La persona del Reyes sagrada e inviolable,
y no está sujeta a responsabilidad. Son responsables los
ministros.
Art. 45: La potestad de hacer cumplir las
leyes reside en el Rey, y su autoridad se extiende a todo
cuanto conduce a la conservación del orden público en lo interior, y
a la seguridad del Estado en lo exterior, conforme a la Constitución
y a las leyes.
Art. 70: Para el gobierno interior de los pueblos habrá Ayuntamientos, nombrados
por los vecinos a quienes la ley concede este
derecho».
1. Cuestionario.
a. Clasificar el texto explicando: tipo de texto, circunstancias concretas
en el que fue escrito, destino y propósito por lo que se escribió..
b. Indicar y exponer las ideas que aparecen en el texto y resuma su
contenido.
c. Responder a las siguientes cuestiones:
I.
Citar los derechos que se contemplan
en la presente constitución.
II.
Citar las prerrogativas de la Corona.
III.
Citar las características del
sistema político contemplado en el texto.
IV.
¿Cuáles son las diferencias
fundamentales entre el Estatuto Real y la Constitución de 1837?
V.
Explicar los motivos que llevan a la
presentación del texto.
VI.
Explicar el desarrollo de los
acontecimientos que se producirán a raíz del texto.
VII.
Explicar las consecuencias a medio y
largo plazo de las peticiones contendidas en el texto.
VIII.¿Por qué se
eligieron Cortes Constituyentes para la elaboración de la Constitución de1837?
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Comentarios (Entrega 2011-2012)
Tipología general de los conflictos
Motín
Desobediencia de unidad armada que se manifiesta
violentamente ante sus mandos inmediatos en la confianza de que sus actos
podrán ser justificados como legítima respuesta a unos abusos de autoridad. Se
denomina tumulto o disturbio al escándalo público ajeno a las tropas.
En la historia más reciente de España se ha producido con reiteración el motín
histórico en las inmediaciones de los Reales Sitios, con riesgo de quebrar
la legitimidad del poder supremo. Por su trascendencia, son famosos el motín
de Aranjuez (1808), el motín de La
Granja (1836) y el motín del Cuartel de San Gil (1860). Abren
largos períodos de inestabilidad política.
Pronunciamiento
Rebeldía de mandos profesionales, propugnada por
grupos políticos convencidos de que el gesto de los oficiales, al contar con
la adhesión de la opinión pública, conducirá, sin daños ni riesgos, a la paz
social y a la reforma política. No se incluye como talla ruptura verbal con
las instituciones de los hombres políticos, por solemnes que sean sus amenazas
de implacable hostilidad. En la historia más reciente de España ha habido
pronunciamientos liberales o de opinión pública; realistas o de
adhesión monárquica, y militares o de solidaridad castrense.
Golpe de Estado
Asalto al órgano que ostenta la suprema jerarquía
del poder ejecutivo, realizado por orden de altos mandos militares, con la
finalidad de enderezar el rumbo político del país. No se contempla la simple exposición
de quejas y de propuestas de soluciones en las Cámaras regias o
presidenciales por enérgica que sea.
Alzamiento
nacional
Proclama de hostilidad contra las autoridades de
grupos numerosos de campesinos o ciudadanos que, como adhesión al gesto de
rebeldía de los mandos militares de la localidad, toman las armas en defensa
de tradiciones vulneradas o para la conquista de nuevos derechos. Cuando se
produce al margen de la fuerza armada se trata de un levantamiento popular.
Insurrección
Declaración de ruptura pública con la legalidad existente
que pretende el dominio absoluto de la calle merced a la amenaza directa del
uso de las armas contra todas las fuerzas que se proponen el desenlace pacifico
de la situación critica. Normalmente una huelga general revolucionaria convocada
por un poder clandestino actúa como desencadenante de la crisis.
martes, 15 de noviembre de 2011
COMENTARIO TEXTO CONSTITUCIONES. PAUTAS
Comentario textos constitucionales.
Es frecuente que se proponga en la prueba el análisis y comentario de fragmentos de textos constitucionales. Algunos casos, como las constituciones de 1812, 1869 o 1931, son especialmente socorridos.
En este caso recomendamos, al margen de la respuesta a cuestiones concretas que se planteen, estas orientaciones.
Pautas de desarrollo
Una constitución condensa la expresión de los principios políticos por los que se rige el Estado y, por tanto, refleja mejor que ningún otro documento la situación política de España en ese momento: principios y valores que rigen, modelo de Estado, su organización, reconocimiento de derechos y afirmación de deberes de los ciudadanos, etc. El análisis y comentario de un documento de este tipo requiere tener en cuenta estos aspectos:
1. Presentación del documento, caracterizándolo y, si es posible, identificándolo. Se debe hacer un primer apunte sobre las circunstancias de elaboración y promulgación: si es resultado de un proceso constituyente, si sigue a un golpe de Estado, a un movimiento revolucionario, etc.
2. Descripción y análisis de su contenido. Habrá que considerar los siguientes aspectos en la lectura de sus artículos:
- Concepto de soberanía que se establece.
- Forma de gobierno.
- Descripción de los derechos y deberes de los ciudadanos.
- Organización de los poderes (legislativo, ejecutivo y judicial), órganos en los que residen y cómo se configuran, con especial atención al poder legislativo (tipo de sufragio, sistema electoral, etc.).
- Organización territorial del Estado.
- Aspectos económicos: hacienda, fiscalidad, competencias de la Administración, etc.
- Ejército y defensa nacional.
- Relaciones Iglesia-Estado.
- Cultura y educación.
En este apartado, además de la descripción y referencia a los artículos que tratan cada uno de los aspectos, la tarea fundamental consiste en el empleo de los términos y conceptos adecuados.
3. Análisis y comentario sobre el significado histórico del documento. En este punto se realizará una valoración del texto constitucional, considerando los siguientes aspectos:
a - En qué medida recoge la relación de fuerzas políticas existentes en España en el momento.
b- Los problemas sociales y políticos que determinaron tanto su elaboración como su contenido.
c- Las corrientes de pensamiento que expresa.
d- La vigencia y aplicación efectiva que tuvo.
e- Si influyó en otras constituciones posteriores.
f- Las valoraciones que se han hecho de esa constitución.
4. Recapitulación. Se hará una breve síntesis de los elementos más significativos apuntados en los apartados anteriores a modo de conclusión y valoración del documento.
Es frecuente que se proponga en la prueba el análisis y comentario de fragmentos de textos constitucionales. Algunos casos, como las constituciones de 1812, 1869 o 1931, son especialmente socorridos.
En este caso recomendamos, al margen de la respuesta a cuestiones concretas que se planteen, estas orientaciones.
Pautas de desarrollo
Una constitución condensa la expresión de los principios políticos por los que se rige el Estado y, por tanto, refleja mejor que ningún otro documento la situación política de España en ese momento: principios y valores que rigen, modelo de Estado, su organización, reconocimiento de derechos y afirmación de deberes de los ciudadanos, etc. El análisis y comentario de un documento de este tipo requiere tener en cuenta estos aspectos:
1. Presentación del documento, caracterizándolo y, si es posible, identificándolo. Se debe hacer un primer apunte sobre las circunstancias de elaboración y promulgación: si es resultado de un proceso constituyente, si sigue a un golpe de Estado, a un movimiento revolucionario, etc.
2. Descripción y análisis de su contenido. Habrá que considerar los siguientes aspectos en la lectura de sus artículos:
- Concepto de soberanía que se establece.
- Forma de gobierno.
- Descripción de los derechos y deberes de los ciudadanos.
- Organización de los poderes (legislativo, ejecutivo y judicial), órganos en los que residen y cómo se configuran, con especial atención al poder legislativo (tipo de sufragio, sistema electoral, etc.).
- Organización territorial del Estado.
- Aspectos económicos: hacienda, fiscalidad, competencias de la Administración, etc.
- Ejército y defensa nacional.
- Relaciones Iglesia-Estado.
- Cultura y educación.
En este apartado, además de la descripción y referencia a los artículos que tratan cada uno de los aspectos, la tarea fundamental consiste en el empleo de los términos y conceptos adecuados.
3. Análisis y comentario sobre el significado histórico del documento. En este punto se realizará una valoración del texto constitucional, considerando los siguientes aspectos:
a - En qué medida recoge la relación de fuerzas políticas existentes en España en el momento.
b- Los problemas sociales y políticos que determinaron tanto su elaboración como su contenido.
c- Las corrientes de pensamiento que expresa.
d- La vigencia y aplicación efectiva que tuvo.
e- Si influyó en otras constituciones posteriores.
f- Las valoraciones que se han hecho de esa constitución.
4. Recapitulación. Se hará una breve síntesis de los elementos más significativos apuntados en los apartados anteriores a modo de conclusión y valoración del documento.
COMENTARIO TEXTOS CONSTITUCIONALES
EL ESTATUTO REAL.
Francisco
Martínez de la Rosa
fue uno de los más significados "doceañistas" que al cabo del tiempo
adoptó, como muchos antiguos liberales, un talante moderado" Nombrado
jefe de gobierno en 1834, intentó, mediante el Estatuto Real de 1O de abril de
1834, conciliar la tradición absolutista con algunos elementos del
constitucionalismo" Su propuesta no satisfizo a nadie"
"Título
L De la convocación de las Cortes generales del Reino.
Art. l.
(...) Su Majestad la
Reina Gobernadora , en nombre de su excelsa hija Doña Isabel 11, ha resuelto convocar las
Cortes generales del Reino.
Art. 2. Las
Cortes generales se compondrán de dos Estamentos: el de Próceres del Reino y el
de Procuradores del Reino (...,).
Art. 3. El
Estamento de Próceres del Reino se compondrá:
1.° De muy
reverendos arzobispos y reverendos obispos. 2.0 De Grandes de España.
3.° De
Títulos de Castilla.
4º. De un
número indeterminado de españoles, elevados en dignidad e ilustres por sus
servicios en las varias carreras, y que sean o hayan sido secretarios del
Despacho, procuradores del Reino, consejeros de Estado, embajadores o ministros
plenipotenciarios, generales de mar o de tierra o ministros de los tribunales
supremos.
5º. De los
propietarios territoriales o dueños de fábricas, manufacturas o establecimientos
mercantiles que reúnan a su mérito personal y a sus circunstancias relevantes,
el poseer una renta anual de sesenta mil reales, y el haber sido anteriormente
procuradores del Reino.
16.° De los
que en la enseñanza pública o cultivando las ciencias o las letras, hayan
adquirido gran renombre y celebridad, con tal que disfruten una renta anual de
sesenta mil reales, ya provenga de bienes propios, ya de sueldo cobrado del
Erario.
Art. 4.
Bastará ser Arzobispo u Obispo electo o auxiliar para poder ser elegido, en
clase de tal, y tomar asiento en el Estamento de Próceres del Reino (...j.
Art. 7. El
Rey elige y nombra los demás próceres del Reino, cuya dignidad es vitalicia
(...).
Art. 13. El
Estamento de Procuradores del Reino se compondrá de las personas que se
nombren con arreglo a la ley de elecciones (...1.
Art. 24. Al
Rey toca exclusivamente convocar, suspender y disolver las Cortes (...).
Art. 31 .
Las Cortes no podrán deliberar sobre ningún asunto que no se haya sometido
expresamente a su examen en virtud de un Decreto Real.
Art. 32.
Queda, sin embargo, expedito el derecho que siempre han ejercido las Cortes de
elevar peticiones al Rey, haciéndolo del modo y forma que se prefijará en el
Reglamento (. ..).
Art. 34.
Con arreglo a la ley 1.°, título 7.0, libro 6.° de la Nueva Recopilación ,
no se exigirá tributos ni contribuciones, de ninguna clase, sin que a propuesta
del Rey los hayan votado las Cortes (...1"
CUESTIONES.
1. Citar los derechos que se contemplan en la
presente constitución.
2. Citar las prerrogativas de la Corona.
3. Citar las características del sistema político
contemplado en el texto.
4. ¿Cuáles son
las diferencias fundamentales entre una "Carta otorgada" y una
Constitución?
5. ¿Por qué
no se eligieron Cortes Constituyentes para la elaboración del Estatuto Real?
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Comentarios (Entrega 2011-2012)
miércoles, 9 de noviembre de 2011
CUESTIONES BLOQUES III y IV
Tras la invasión musulmana (711) sólo las zonas
montañosas del norte peninsular, pobladas por astures, cántabros y vascones,
iniciaron la resistencia contra Al Andalus. Algunos nobles visigodos se
refugiaron entre los astures y dirigidos por Pelayo vencieron en Covadonga
(722) a los musulmanes. Surgió así el reino astur, que con Alfonso III
(866-909) se extenderá por Galicia y el valle del Duero, la llamada tierra de nadie.
En el 910, al trasladarse la capital de Oviedo a León, se llamará reino de
León. La zona fronteriza oriental, fortalecida con una serie de castillos
frente a los musulmanes, será el condado de Castilla, que en el siglo X se hará
independiente con el conde Fernán González.
En los Pirineos occidentales, los vascones derrotaron
en Roncesvalles (778) a Carlomagno y surgió en el siglo IX el reino de
Pamplona. En el siglo X, Sancho Garcés I llegó al Ebro. En los Pirineos
centrales se formaron pequeños condados (Aragón, Sobrarbe, Ribagorza) bajo
influencia carolingia. El condado de Aragón en el siglo IX logró la
independencia. En el Pirineo oriental, los pequeños condados que formaban la Marca Hispánica
del Imperio carolingio organizaron la resistencia. El condado de Barcelona, con
Vifredo el Velloso, los unificó y logrará la independencia en el siglo X
Principales etapas de la
reconquista.
El término
"Reconquista" se refiere tradicionalmente al proceso de ocupación
militar de los territorios de Al Andalus por los cristianos entre los siglos
VIII y XV.
El proceso se justificaba tanto con argumentos religiosos- cruzada contra los
infieles- como con argumentos jurídicos - la idea de restauración de la
monarquía visigoda, de la que los reyes astures se consideraban legítimos
herederos.
Se dan varias fases en la Reconquista :
a) Entre los siglos
VIII y X los cristianos se limitaron a resistir en el norte peninsular y
avanzar por zonas no sometidas (los asturianos por el valle del Duero y los
catalanes la Plana
de Vic).
b) A partir del siglo
XI comienza de verdad la "Reconquista" debido a la fragmentación
de Al Andalus en reinos de taifas. Los castellano-leoneses ocuparon el valle
del Tajo tras la toma de Toledo (1085) por Alfonso VI. Pedro I de Aragón
conquista Huesca (1096) y los catalanes Tarragona.
La invasión almorávide frenó el avance cristiano. En el siglo XII, el rey Alfonso I el Batallador de Aragón conquistó Zaragoza (1118). Los portugueses tomaron Lisboa (1147). El conde catalán Ramón Berenguer IV incorporó el valle del Ebro (Tortosa ,1148). Alfonso II de Aragón conquistó Teruel (1171) y Alfonso VIII de Castilla, Cuenca (1177). Castilla y León yla Corona de Aragón firmaron
tratados de reparto: Tudillén (1151) y Cazola (1179). Los
almohades derrotaron al rey Alfonso VIII de Castilla en la batalla de
Alarcos pero fueron vencidos en Las Navas de Tolosa (1212) por éste y
sus aliados, los reyes de Navarra y Aragón.
El avance más espectacular se dio en el siglo XII. Alfonso IX de León tomó Cáceres (1227) y Badajoz (1230). Jaime I El Conquistador de Aragón conquistó Baleares y Valencia (1238), acabando el avance aragonés. Fernando III El Santo de Castilla y León ocupó el valle del Guadalquivir: Córdoba (1236) y Sevilla (1248) y el reino de Murcia. Alfonso X El Sabio tomó Huelva y Cádiz (1265). Los portugueses acabaron su reconquista con la toma del Algarve (1249).
La invasión almorávide frenó el avance cristiano. En el siglo XII, el rey Alfonso I el Batallador de Aragón conquistó Zaragoza (1118). Los portugueses tomaron Lisboa (1147). El conde catalán Ramón Berenguer IV incorporó el valle del Ebro (Tortosa ,1148). Alfonso II de Aragón conquistó Teruel (1171) y Alfonso VIII de Castilla, Cuenca (1177). Castilla y León y
El avance más espectacular se dio en el siglo XII. Alfonso IX de León tomó Cáceres (1227) y Badajoz (1230). Jaime I El Conquistador de Aragón conquistó Baleares y Valencia (1238), acabando el avance aragonés. Fernando III El Santo de Castilla y León ocupó el valle del Guadalquivir: Córdoba (1236) y Sevilla (1248) y el reino de Murcia. Alfonso X El Sabio tomó Huelva y Cádiz (1265). Los portugueses acabaron su reconquista con la toma del Algarve (1249).
c) A los musulmanes
sólo les quedaba el reino nazarita de Granada, que en los tratados de
reparto cristianos le correspondía a Castilla. En el siglo XIV, Alfonso XI
detuvo una nueva invasión de benimerines en la batalla de El Salado (1340) y
controló el Estrecho de Gibraltar al conquistar Algeciras (1344). En el siglo
XV los Reyes Católicos finalizaron este largo proceso conquistando Granada
(1492).
La
península ibérica en la Edad Media: Modelos de repoblación y organización social
de los reinos cristianos
de los reinos cristianos
Posteriormente a la conquista tiene lugar el proceso de repoblación: la ocupación efectiva y su puesta en explotación económica de los territorios conquistados.
Distinguimos diferentes tipos en las
diversas fases de la reconquista:
Presura o
Aprisio, en la repoblación del valle del Duero o de
la plana de Vic(zonas casi desérticas). Los campesinos, a veces pero no siempre
dirigidos por un noble o un clérigo, ocupan de forma libre la tierra. El rey
sanciona posteriormente la legalidad de la propiedad.
Esta repoblación genera una sociedad de
campesinos libres basada en la pequeña propiedad. Estos campesinos se halla
comprometidos en la defensa militar de la tierra conquistada
(campesinos-villanos castellanos)
Repoblación concejil, en los valles
del Ebro y el Tajo.
La repoblación se basa en la creación de
concejos y ciudades con su alfoz, a las que se les dota de Fueros o Cartas
Pueblas. Estos fueros otorgan libertades y privilegios a sus
habitantes para atraer a la población a una zona peligrosa de frontera. La
caballería villana queda encargada de la defensa y se configura como el grupo
social hegemónico en los nuevos núcleos de población.
Esta repoblación fue dirigida por el rey
y configura una sociedad basada en la mediana propiedad.
En las zonas como Toledo o Zaragoza, la
abundante población musulmana fue expulsada al campo o a las zonas de los
arrabales de las urbes.
Repoblación de los valles altos del
Júcar-Turia y el Guadiana:
La repoblación se basó en repartimientos
a las grandes Órdenes Militaresde Santiago, Calatrava,
Alcántara y Montesa (Aragón).
Esta repoblación creó una zona
caracterizada por los grandes latifundios ganaderos jalonados de fortalezas
para la defensa del territorio de frontera.
Repoblación de Extremadura, valle del
Guadalquivir y fachada levantina:
Los reyes otorgaron grandes territorios a
los nobles y soldados que participaron en la conquista
militar: donadíos (grandes latifundios en manos de la gran nobleza)
o heredamientos (propiedades más pequeñas)
El nuevo tipo de estructura agraria se
basó en la gran propiedad.
En las ciudades se organizaron concejos.
La mayor parte de los musulmanes
tendieron a huir al reino de Granada. En los regadíos levantinos, sin embargo,
muchos permanecieron trabajando para la nobleza cristiana.
En Baleares, hubo repartimientos entre la
nobleza, siendo la población musulmana diezmada o expulsada.
Pese a estos diferentes modelos de
repoblación, el modelo de sociedad feudal se consolidó a lo largo de
toda la península con sus instituciones típicas como el vasallaje, el señorío
territorial y señoría jurisdiccional.
Sociedad jerarquizada organizada en
estamentos:
Nobleza (los que guerrean). Grandes
propietarios de la tierra (señorío territorial y señoría jurisdiccional). Grupo
privilegiado pero heterogéneo (alta nobleza, hidalgos, caballeros villanos)
Clero (los que oran). También poseen
tierra y señoríos. También es un estamento heterogéneo (Alto y bajo clero)
Campesinado (los que trabajan).
Normalmente no son propietarios y están sujetos a la dependencia de sus señores
(derechos señoriales).
Desde el siglo XI, el desarrollo urbano
propiciará el desarrollo de las ciudades y de un nuevo grupo social: la
burguesía. Aunque perteneciente al grupo no privilegiado (pagan impuestos)
consiguieron una cierta autonomía en el gobierno de las urbes (concejos) y
participación en Cortes.
También nos encontramos con minorías
religiosas y étnicas marginadas: los judíos, mayoritariamente urbanos, y los
mudéjares, que viven preferentemente en el campo.
Manifestaciones
artísticas en la Península
durante la Edad Media :
El Románico.
El románico es el arte
de los reinos cristianos durante los siglos de la Alta Edad Media (XI y
XII). Es el primer estilo internacional europeo. De origen francés, penetró en la Península a través del
Camino de Santiago. La arquitectura se caracteriza por: iglesias de planta de
cruz latina con transepto o crucero, ábsides semicirculares, arcos de medio
punto, bóveda de cañón con fajones, pilares, gruesos muros de sillería y pocos
vanos. La escultura estaba subordinada a la arquitectura y los relieves
policromados de variada temática cubrían capiteles, fachadas, pórticos y
claustros de los monasterios. La pintura mural al fresco decoraba bóvedas y
ábsides. Ambas tenían carácter decorativo y pedagógico para transmitir las
ideas religiosas a una sociedad analfabeta y su estilo era antinatural (falta
de volumen, desproporción, inexpresividad, hieratismo, jerarquización)
Los mejores ejemplos de iglesias y monasterios son las iglesias de San Clemente y Santa Maria de Tahull (Lérida) y el monasterio de Ripoll (Gerona) en Cataluña; en el Camino de Santiago: Jaca, monasterio de Silos (Burgos), San Martín de Frómista (Palencia), San Isidoro de León y la catedral de Santiago de Compostela, con su famoso Pórtico dela Gloria. Del siglo XII son las catedrales de
Zamora, la vieja de Salamanca, y las iglesias de Segovia y Ávila.
Los mejores ejemplos de iglesias y monasterios son las iglesias de San Clemente y Santa Maria de Tahull (Lérida) y el monasterio de Ripoll (Gerona) en Cataluña; en el Camino de Santiago: Jaca, monasterio de Silos (Burgos), San Martín de Frómista (Palencia), San Isidoro de León y la catedral de Santiago de Compostela, con su famoso Pórtico de
En la península de la Edad Media coexistían
las culturas cristiana, musulmana y judía.
En la
Alta Edad Media (s.VIII- X) sólo los monasterios (Ripoll,
Sahagún), preservaban y trasmitían la cultura con la copia y conservación de
libros. La España
islámica era culturalmente muy superior.
En Plena Edad Media (s. XI- XIII) a través del Camino
de Santiago llegaron los cantares de gesta y el románico. En el s. XIII
aparecieron las Universidades (Salamanca, Valladolid). El puente cultural entre
mundo islámico y cristiandad fue la prestigiosa Escuela de Traductores de Toledo que
alcanzó su apogeo con Alfonso X el Sabio (s. XIII). Allí colaboraron
cristianos, musulmanes y judíos que traducían del árabe al latín y, luego,
directamente al castellano. Progresó el uso literario de las lenguas
"vulgares".
En la
Baja Edad Media (s. XIV y XV) la influencia cultural
musulmana decayó. El castellano desplazó al gallego como lengua poética.
Destacan el Arcipreste de Hita y el marqués de Santillana.
CUESTIONES. BLOQUE IV
ORGANIZACIONES POLÍTICAS E INSTITUCIONES: EL REINO DE
CASTILLA.
En el Oeste encontramos tres reinos:
Portugal, León y Castilla. Portugal mantendrá una evolución
independiente. Castilla y Leon atraviesan por procesos de unión y separación
durante los siglos XI y XII. Fernando III de
Castilla (1230) realiza la unión definitiva.
La organización territorial es compleja. En Castilla encontramos: el reino de Galicia, el señorío
de Vizcaya y los territorios de Álava y Guipúzcoa. El rey tendrá diferentes
títulos: Rey de Castilla, León, señor de Vizcaya...etc.
En el s. XIV tenemos episodios de fortalecimiento del
poder real( Alfonso XI, Ordenamiento de
Alcalá en 1348), y crisis( guerra civil entre el Pedro I el Cruel y Enrique II de
Trastámara). La victoria trajo una nueva dinastía, los Trastámara,
fortaleciendo el poder nobiliar ("las mercedes enriqueñas").
Castilla fracasó en su intento de anexión
de Portugal en la batalla de
Aljubarrota (1385).
En el siglo XV,
(Juan II y Enrique IV) los conflictos internos refuezan el poder de la
nobleza. A Enrique IV le sucede su hermana
Isabel de Castilla, tras la victoria en otra guerra civil
El rey es asistido en su gobierno por instituciones
centrales: el Consejo Real, la
Audiencia ( administración de justicia), y la Real Hacienda (
impuestos).
Se desarrolla el Ejército Real permanente y una Burocracia
compleja de letrados expertos preparados en las universidades, base del poder
real.
En el siglo XII (1188) nacen las Cortes,
asamblea estamental formada por representantes de la nobleza, el clero y las
ciudades. Este organismo carece de poder legislativo pero decide sobre los
impuestos extraordinarios y puede presentar peticiones al rey.
La administración local se basó en los
Concejos(ayuntamientos) que serán controlados por las oligarquías urbanas
(nobleza, clero, burgueses).
Organización
política e instituciones en la
Baja Edad Media: La
Corona de Aragón.
La Corona de Aragón era una confederación de territorios con un mismo monarca pero cada uno mantenía sus leyes e instituciones propias, idioma, costumbres, gozando de gran autonomía. En cada Estado había lugartenientes o virreyes del rey, que actuaban en su nombre. El arraigo del feudalismo y la necesidad de ayuda militar y económica del monarca que le obligó a ceder ante las exigencias de la nobleza desarrolló el pactismo: el rey aceptaba un acuerdo tácito con sus súbditos a través de las Cortes comprometiéndose a respetar el derecho y las costumbres del país. El poder real estaba limitado por normas morales y legales.
Cada reino de
El siglo XIV fue de profunda crisis. Crisis
demográfica: las malas cosechas trajeron crisis de subsistencias, hambrunas y
aumento de mortalidad. En 1348 llegó la Peste negra, que afectó más a
Cataluña, donde murió el 50% de la población, que a los demás reinos; amplias zonas
se despoblaron. Crisis económica: la
Peste negra produjo campos sin cultivar, falta de mano de
obra, disminución de producción, aumento de precios. El comerció catalán, muy
desarrollado, se hundió a fines del XIV. En Castilla la ganadería lanar salió favorecida
al aumentar los pastos a costa de las tierras abandonadas y exigir poca mano de
obra. Crisis política: las guerras civiles asolaron los reinos. Castilla vivió
una crisis monárquica en las minorías de Fernando IV, Alfonso XI y con la
guerra civil entre Pedro I y su hermano bastardo Enrique II de Trastámara, que
subirá al trono. La monarquía hizo grandes concesiones a la nobleza que
perjudicaban al estado llano, estallando conflictos sociales. En la Corona de Aragón, Pedro IV
se enfrentó a la nobleza de Aragón y Valencia. Al morir Martín el Humano sin
descendencia fue elegido rey Fernando I, de Trastámara en el Compromiso de
Caspe (1412).
Pedro III el Grande (1276-1285) lanzó a la Corona aragonesa a una
política de autentico imperialismo en el mar Mediterráneo.
Esta expansión chocó con los intereses de la corona
francesa y del Papa. Se inicia así un elemento clave de la política exterior
aragonesa, y posteriormente española, que se prolongará durante varios siglos:
la lucha con Francia por la hegemonía en los estados italianos.
Con Jaime II (1291-1327) el imperialismo
aragonés en el
Mediterráneo experimentó un nuevo impulso. La aventura de los almogávares en el Mediterráneo oriental es la más
célebre expresión de este proceso.
Los almogávares eran soldados mercenarios, originarios
de tierras de la Corona
de Aragón. En la primera mitad del siglo XIV, recorrieron el mar Mediterráneo
ayudando a diversas campañas aragonesas impulsadas por el expansionismo
comercial catalán. Almogavar significa
en árabe 'el que hace algaradas o correrías' del vocablo 'al-mugawar'.
En el año 1302 embarcaron hacia Bizancio
(la antigua Constantinopla, actual Estambul). El emperador bizantino les había
contratado para luchar contra los turcos. Al frente iba Roger de Flor (1267-1305), aventurero
de origen alemán, con el que obtuvieron grandes victorias contra los turcos en
Asia Menor.
Sin embargo, tras el asesinato de Roger de Flor en 1305 se dedicaron, como
forma de venganza, a la devastación y al saqueo. Posteriormente se pusieron al
servicio del duque de Atenas, pero en 1311 ocuparon dicho condado. Su entrada
en la capital ateniense al grito de "Aragón, Aragón" es el punto
culmen de la dominación catalano-aragonesa del Mare Nostrum. En 1319 crearon el
señorío de Neopatria.
Hay que destacar que el coste económico
de estas empresas imperialistas forzó a los reyes de Aragón a pedir ayuda
continuamente a la nobleza y al clero. Este es uno de los factores que explican
que la monarquía aragonesa fuera una ”monarquía pactista”
El último impulso del imperialismo
catalano-aragonés en el mediterráneo llegó con Alfonso V el
Magnánimo (1416-1458) quien anexionó el reino de Nápoles en 1443, en lucha contra los franceses
y las potencias italianas (Venecia, Florencia y el Papa). A partir de este
momento, Alfonso V estableció su corte en Nápoles, convirtió la ciudad un gran
centro humanístico y se dedicó por completo a la política italiana.
Las rutas atlánticas: Castellanos y portugueses.Las Islas Canarias
Desde el siglo XIII se estaba produciendo una lenta pero inexorable
mutación geográfica desde el Mediterráneo hacia el Atlántico, debido a
numerosos factores, tanto políticos como económicos y tecnológicos.
La fachada marítima de Portugal y la costa atlántica de Andalucía
ocupaban, desde ese punto de vista, una posición estratégica de primera
magnitud. En el transcurso del siglo XV la Corona de Castilla, que había puesto los pies en
las islas Canarias al comenzar dicha centuria, fue protagonista de una notable
expansión por la costa occidental de Africa, ya fuera para explotar sus
pesquerías o para realizar un lucrativo comercio.
En esas actividades participaban, sin duda, los grandes linajes de la
nobleza de Andalucía, como los Guzmán o los Ponce de León, a los que, además de
señores de tierra adentro, se les consideraba como señores de la mar. Pero,
sobre todo, había en la costa atlántica de Andalucía un abigarrado mundo de
mareantes y de pescadores.
Hacia finales del siglo XIII o probablemente antes debieron realizarse los primeros
viajes a las islas Canarias, organizados por comerciantes, haciéndose más
frecuentes a lo largo de la centuria siguiente. Estos viajes hicieron que las
Canarias fueran bien conocidas en la segunda mitad del siglo XIV.
La conquista del
Archipiélago Canario duró
cerca de un siglo, desde 1402 hasta1496. Varios factores fueron la
causa de que se alargara tanto, como la
falta de medios económicos por
parte de los conquistadores, la
fuerte resistencia que ofrecieron
algunas islas y también que las
islas no eran tan ricas como
muchos europeos suponían y ante esta evidencia bajaba mucho el afán descubridor.
Puede dividirse en dos fases la conquista de Canarias, una primera
parte realizada porJean
Bethencourt (normando
al servicio de la corona castellana), quien, a partir de 1402, somete a las
islas de Lanzarote, Fuerteventura y El Hierro, posiblemente también La Gomera , y una segunda bajo el reinado de los Reyes
Católicos, con la conquista de Gran Canaria, La Palma y Tenerife.
No tiene por ello nada de extraño que fuera precisamente en ese
territorio en donde, años más tarde, encontrara Cristóbal Colón tanto el
aliento como las bases materiales para llevar a cabo su proyecto de viaje a las
Indias cruzando el Atlántico.
Por su parte, los portugueses avanzaron de forma decisiva en la
exploración y la toma de enclaves comerciales en las costas africanas y el
Atlántico. Los archipiélagos de lasAzores y
la isla de Madeira son ejemplos de esta expansión que
finalmente llevaría a fines del siglo XV a las expediciones de Bartolomé Diaz,
que dio la vuelta al Cabo de Buena Esperanza, y de Vasco de Gama, quien
finalmente conseguirá llegar a la
India costeando el continente africano.
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