domingo, 30 de enero de 2011

LAS BASES DE MANRESA.

Bases de Manresa

El poder central se organizará sobre el concepto de la separación de las funciones legislativa, ejecutiva y judicial.
El poder legislativo central radicará en el rey o jefe del Estado y en una asamblea compuesta de representantes de las regiones, elegidos en la forma que cada uno estime conveniente; el número de representantes será proporcional al de habitantes y a la tributación, debiendo tener tres como mínimo. (oo.)

Poder regional
Base 3", La lengua catalana será la única que con carácter oficial po¬drá usarse en Cataluña y en las relaciones de esta región con el poder central.
Base 4", Solo los catalanes, ya lo sean por nacimiento o en virtud de na¬turalización, podrán desempeñar en Cataluña cargos públicos, incluyén¬dose en estos los gubernativos y administrativos que dependan del po¬der central. También deberán ser desempeñados por catalanes los car¬gos militares que impliquen jurisdicción (.oo).
Base 6". Cataluña será la única soberana en su gobierno interior; por lo tanto, dictará libremente sus leyes orgánicas, cuidará de su legislación ci¬vil, penal, mercantil, administrativa y procesal; del establecimiento y per¬cepción de los impuestos, de la acuñación de la moneda y tendrá todas las demás atribuciones inherentes a la soberanía que no correspondan al poder central según la Base 1a.
Base 7", El poder legislativo regional radicará en las Cortes catalanas, que deberán reunirse todos los años en época determinada y en lugar diferente.
Las Cortes se formarán por sufragio de todos los cabezas de familia, agru¬pados en clases basadas en el trabajo manual, en la capacidad o en las ca¬rreras profesionales, en la propiedad, industria y comercio, mediante la correspondiente organización gremial en la medida que sea posible (oo.)
Base 9", Ejercerán el poder ejecutivo cinco o seis altos funcionarios nombrados por las Cortes que estarán al frente de los diversos ramos de la administración regional. (oo.)


1. Cuestionario.
a. Clasificar el texto explicando: tipo de texto, circunstancias concretas en el que fue escrito, destino y propósito por lo que se escribió..
b. Indicar y exponer las ideas que aparecen en el texto y resuma su contenido.
c. Responder a las siguientes cuestiones especificas para el comentario de textos ideológicos de los nacionalismos:
i. Redactar las peticiones generales realizadas por las Bases de Manresa .
ii. Redactar el conjunto de peligros a los que hace referencia el texto.
iii. Establecer la relación, circunstancias y condiciones en las que surgen este tipo de peticiones, y que nuevo sistema político replantean.

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