Art. 2: Todos los españoles
pueden imprimir y publicar libremente sus ideas sin
previa censura, con sujeción a las leyes. [;..)
Art. 4: Unos mismos códigos regirán en toda /a Monarquía, y en ellos no se establecerá más
que un sólo fuero para todos los
españoles[".).
Art. 5: Todos los españoles son admisibles empleos y cargos
públicos según su mérito y capacidad.
Art. 6: Todo español está obligado a defender
la Patria con
las armas cuando sea llamado por la ley, y a contribuir en proporción de
sus haberes para los gastos del Estado.
Art. 7: No puede
ser detenido, ni preso, ni separado de su domicilio ningún español, ni allanada
su casa, sino en los casos y en la forma que las leyes prescriban.
Art. 9: Ningún español podrá ser procesado ni sentenciado sino por el
Juez o Tribunal competente [...].
Art. 10: No se impondrá jamás la pena de confiscación de bienes, y ningún español será privado de su propiedad sino por causa
justificada de utilidad común, previa la correspondiente indemnización.
Art. 11: La Nación se obliga a mantener el
culto y los ministros de la Religión Católica que profesan los españoles.
Art. 12: La potestad de hacer las leyes reside en las Cortes con el Rey.
Art. 13: Las Cortes se componen de dos cuerpos
colegisladores, iguales en facultades: el Senado y el Congreso de los
Diputados.
Art. 15: Los senadores son nombrados por el
Rey a propuesta, en lista triple, de los electores que en cada provincia
nombran los diputados a Cortes.
Art. 17: Para ser Senador se requiere ser
español, mayor de cuarenta años y tener
los medios de subsistencia y las demás circunstancias que determine la
ley electoral.
Art. 23: Para ser Diputado se requiere' ser español, del estado seglar, haber
cumplido veinticinco años y tener las demás circunstancias
que exija la ley electoral.
Art. 39: Si uno de los Cuerpos colegisladores
desechase algún proyecto de ley, o le negare el Rey la sanción, no podrá
volverse a proponer un proyecto de ley sobre el mismo objeto en aquella
legislatura.
Art. 44: La persona del Reyes sagrada e inviolable,
y no está sujeta a responsabilidad. Son responsables los
ministros.
Art. 45: La potestad de hacer cumplir las
leyes reside en el Rey, y su autoridad se extiende a todo
cuanto conduce a la conservación del orden público en lo interior, y
a la seguridad del Estado en lo exterior, conforme a la Constitución
y a las leyes.
Art. 70: Para el gobierno interior de los pueblos habrá Ayuntamientos, nombrados
por los vecinos a quienes la ley concede este
derecho».
1. Cuestionario.
a. Clasificar el texto explicando: tipo de texto, circunstancias concretas
en el que fue escrito, destino y propósito por lo que se escribió..
b. Indicar y exponer las ideas que aparecen en el texto y resuma su
contenido.
c. Responder a las siguientes cuestiones:
I.
Citar los derechos que se contemplan
en la presente constitución.
II.
Citar las prerrogativas de la Corona.
III.
Citar las características del
sistema político contemplado en el texto.
IV.
¿Cuáles son las diferencias
fundamentales entre el Estatuto Real y la Constitución de 1837?
V.
Explicar los motivos que llevan a la
presentación del texto.
VI.
Explicar el desarrollo de los
acontecimientos que se producirán a raíz del texto.
VII.
Explicar las consecuencias a medio y
largo plazo de las peticiones contendidas en el texto.
VIII.¿Por qué se
eligieron Cortes Constituyentes para la elaboración de la Constitución de1837?
No hay comentarios:
Publicar un comentario